coordinador de seguridad

Ni Arquitecto, ni Aparejador ni «ostias» , tú lo que necesitas es un Coordinador de Seguridad.

¿Y para qué quiero yo un Coordinador de Seguridad?

Cuando uno se plantea construirse su propia Casa, lo que menos se le ocurre es pensar que la
legislación española le hace responsable de la seguridad de los trabajadores de su obra.

Pues sí, amig@  mí@. ESTO ES ASÍ.

Dicho esto, seguro que te vienen infinidad de preguntas a la cabeza:

¿acaso esto quiere decir que si un obrero se cae del tejado y se muere, yo tengo parte de responsabilidad, en esa muerte?

.

¿es mi responsabilidad ocuparme de que no entre a la obra nadie que no sea parte de la obra?

.

¿tengo que preocuparme YO de que todos los trabajadores de mi obra estén dados de alta en la Seguridad Social? ¿y de que estén al día en el pago de sus cuotas?

.

….. y muuuuchas muuuchas muuuchas otras preguntas más…… (puedes ponérmelas en los comentarios y te contesto).

Bienvenid@s a la dura realidad.

¿Y qué me puede ocurrir en cada caso?

Bueno. Pues cae de cajón que, aparte de lo mal que se pasa durante el tiempo que tardan los juzgados en decidir a quién juzgar para ver si tiene la culpa o no, finalmente, cuando hay sentencia (muchos años más tarde del accidente), la responsabilidad se traduce en cuantiosas indemnizaciones y en penas de cárcel.

Vaya por delante, que yo no quiero asustar a nadie. Pero esto es así.

Te lo creas o no. Es así.

Y hay infinidad de sentencias que lo demuestran y que puedes encontrar buscando en google.

¿Seguro? Mi arquitecto no me ha dicho nada de esto.

OOOOtra vez con lo mismo:

tu arquitecto ya tiene sus responsabilidades, y entre ellas éstas de las que te estoy hablando.

En general, a tu arquitecto no le importa demasiado lo que te ocurra a ti.

Creo que ya te lo expliqué en este artículo, échale un ojo porfa.  😉 

Si en tu obra hay un muerto por accidente, los primeros en ir a la trena son: tu arquitecto y tu aparejador.

Y si tú no has hecho lo que hay que hacer (y que te cuento más abajo), también irás a hacerles compañía. Y esto hasta que llegue el día del juicio. Que luego ya se verá.

…Sí….sí…. que ya te estoy viendo la cara….No te lo crees…

Si es que yo puse la misma cara cuando, en el año 1997 me leí la legislación que salió y que lo decía clarito, clarito, clarito.

ya… ya… que esto no es para las obras de viviendas unifamiliares que se hace uno mismo…. que mi arquitecto me ha dicho que no….

Mejor sigue leyendo, anda.

coordinador de seguridad

Y ahora lo menos malo

Lo que te he dicho, TODO, es VERDAD DE LA BUENA.

Pero también es verdad que las leyes dan herramientas a quien se va a hacer su propia casa, o sea, TÚ, para que puedas redirigir esa responsabilidad y protegerte de todas esas situaciones indeseables que se pueden dar en una obra, dado que tú no tienes conocimientos profesionales suficientes para poder evitarlas.

Uf!, menos mal! (estarás pensando)

Ya. Lo que ocurre es que te va a costar dinero. Más dinero.

Tus dos únicas Responsabilidades

Como te decía, las leyes te dan herramientas para que redirijas todas las responsabilidades, menos dos.

Dicho de otro modo: TÚ SÓLO TIENES DOS RESPONSABILIDADES.

1 que te asegures de que se tramita la Apertura del Centro de Trabajo de tu Obra.

Tu obra va a ser un lugar de trabajo al que van a ir una o varias empresas a trabajar (para hacerte la casa). Pues para que ninguna de esas empresas se escaquee echándote a ti la culpa de un accidente laboral que puedan tener ellas, tú tienes que asegurarte de que tu obra es un Centro de Trabajo autorizado. ¿Lo has entendido?

Si no se tramita la Apertura del Centro de Trabajo de tu Obra, puede haber sanción administrativa, en caso de que tengas una visita del «inspector de trabajo». Y te puedo decir que conozco casos de multas que han ido desde los 3mil euros hasta los 60mil euros (según el tipo de obra)

2 la otra obligación que tienes es la de contratar un Coordinador de Actividades Empresariales en materia de Seguridad y Salud para tu Obra.

Vale. Pero… todo esto ¿qué es?

Como ya te dije, la Apertura del Centro de Trabajo consiste en comunicarle a la administración pertinente que se va a hacer una obra de construcción y que en ella va a haber trabajadores de distintas profesiones.

Tienes que cubrir un impreso y pasarlo por el registro de entrada del Servicio de Inspección de Trabajo de tu zona.

Dicho esto, estarás pensando que si lo tramitas estás avisando a los inspectores de trabajo de dónde estás haciendo tu obra. Y se trata, precisamente de eso.

ya pero mi obra está en las «Kimbambas» y ningún inspector de trabajo va a venir aquí a mirar, así que no lo hago

Bueno. Tramitar esto tiene coste cero (incluso se puede hacer online) y si no lo tramitas y hay un accidente en tu obra, volvemos a lo que te contaba al principio de este artículo.

Esto sin pensar en lo siguiente: » un muerto por accidente laboral en una obra situada en las Kimbambas en las que no hay tramitación de Apertura de Centro de Trabajo». Entonces ya no te salva ni-diós.

Hazme caso y asegúrate de que se ha tramitado. Es tu Seguro de Vida.

Ahora sólo te queda contratar el Coordinador de Actividades Empresariales en materia de Seguridad y Salud. Que va a ser el profesional que «se coma» tu responsabilidad.

Cómo Encontrar Constructora y Contratarla

exprimiendo a tope su Presupuesto

apúntate para ver el video en el que explico cómo lo hago yo y 

descubre cómo aplicarlo a tu caso

A dónde puedo ir a contratar el Coordinador de Seguridad

Antes de que me olvide déjame decirte que tengo una página en la que hablo hasta-aburrir sobre Cómo Contratar Empresa Constructora. Que no se te ocurra dejar que la constructora te ponga el Coordinador de Seguridad.

Y volviendo al tema,

Según la ley (y sobre todo, la jurisprudencia), un coordinador es un agente de la construcción con titulación de Arquitecto o Arquitecto Técnico.

Lo que va a tener que hacer el Coordinador es, básicamente, acreditar que en la obra se están cumpliendo las medidas de seguridad oportunas. Y si no se están cumpliendo, tiene que tomar las medidas que estime necesarias para que se cumplan. Todo ello siguiendo el proceso establecido en la legislación que tú ni conoces, ni tienes por qué conocer.

Y contratar un profesional más para tu obra, supone más dinero. Más gasto para ti.

Y estarás pensando,

ah bueno, si puede ser un arquitecto, entonces se lo digo al mío

Y sería lógico hacerlo así. Te pasa un presupuesto y ya tienes tu arquitecto-Director de la Obra y arquitecto-Coordinador. Un profesional, dos agentes de construcción distintos, con distintas responsabilidades.

Porque si vas a la obra sólo con tu arquitecto-Director de la Obra, y tu aparejador-Director de Ejecución de la Obra, si hay un accidente laboral, ellos van a decir que no era su responsabilidad.

Pero los jueces están estimando que a falta de otros profesionales más cualificados en materia de obra, ellos son responsables. Y tú también, porque no has cumplido con tu obligación nº 2 de contratar Coordinador. Propiciando entre todos (tu arquitecto, tu aparejador, y tú) el trágico accidente laboral ocurrido.

¿Qué te parece el panorama?

Y todavía hay más

Hoy día sigo viendo cómo compañeros míos de profesión, no informan de nada de esto a las personas que se van a hacer su casa con ellos.

Y cuando yo misma les he preguntado el motivo de por qué no os advierten, me han dado contestaciones banales o me han dicho que ellos no tienen por que informar de esto.

O también me han contestado que si tienen que incluir un Coordinador en el presupuesto que les dan a sus clientes, entonces pierden de coger más trabajos.

coordinador de seguridad

hijosmarrones.com

Hazme caso y cumple con tus dos únicas obligaciones directas e inexcusables que tienes por ley, en relación a la seguridad de tu obra.

Pagar un Coordinador para tu obra no es la «ruina de Palmira». Piensa que es como pagar un seguro para la obra.

Pase lo que pase (que mejor que no pase nada). enlace saliente

NOTA: como no hay mal que por bien no venga, mírate este otro artículo y verás cómo, gracias a la seguridad en tu obra, puedes ahorrarte mucho dinero.

Repito y me vuelvo a repetir

Si te vas a hacer tu Casa y no contratas un Coordinador de actividades empresariales en materia de seguridad y salud, la responsabilidad en caso de accidente pasa a la dirección facultativa (arquitecto y aparejador), además del promotor de la obra (o sea, TÚ).

Hablo por casos reales que han pasado (no a mí, por suerte).

¿Te ha quedado claro?

¿Alguna pregunta?

Cómo Encontrar Constructora y Contratarla

exprimiendo a tope su Presupuesto

apúntate para ver el video en el que explico cómo lo hago yo y 

descubre cómo aplicarlo a tu caso