Te presento el primer artículo de la Serie sobre el Contrato de Obra:
Antes de nada, déjame decirte que:
Una recomendación 😉 : VE ESCUCHANDO EL AUDIO MIENTRAS LEES EL ARTÍCULO.
Qué bien! 😀
Ya tienes tu Proyecto, tu Licencia Municipal, has seleccionado Empresa Constructora y has aceptado el presupuesto de esa empresa que te gusta.
Estupendo! 😀
Ahora no queda más que ponerse manos a la obra (y nunca mejor dicho). 😀
¿Cuándo me empiezas la obra? enlace saliente
Es la pregunta que le diriges al constructor de manera directa y sin pensar más.
Verás que él ya se ha sonreído por lo bajini: 😳
….. Y es que ya has metido la pata…..
Tienes que ponerle “tu lacito” al trabajo que has hecho hasta aquí, porque sino, el ritmo de la obra no será constante.
Y no tendrás la sartén por el mango, que es lo que debes procurar en todo momento, o al menos, siempre que sea posible.
Y en este momento, todavía ES POSIBLE.
Ese “lacito” del que te hablo es EL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA.
Y es que todavía quedan muchas cosas por concretar, antes de ponerse “ a hacer masa” en tu obra.
Me dirás tú, “es que me fío del constructor, no me va a dejar tirado”, o “no me hace falta, es una persona de confianza” o también, “ es una empresa solvente, no me la va a jugar, no me va a dar gato por liebre”.
Todos estos comentarios, avalan tu buena elección (hasta este momento). Pero no te garantizan un buen resultado. Aunque el constructor sea un buen tipo, o una persona de la familia, o aunque se trate de una empresa solvente.
Porque no te estoy hablando de desconfiar del constructor ni de la empresa. NO.
Lo que quiero decir es que un Contrato entre vosotros, va a ser una herramienta a la que vais a poder acudir durante la ejecución de la obra.
Si lo dejais escrito entonces ya os podeis despreocupar.
Si no lo escribís, seguramente alguno está entendiendo algo que no es lo que el otro quiere decir.
Y si se manifiesta el momento del desentendimiento, entonces habrá discrepancia, y discusión.
Y eso no será bueno para la Obra. Y mucho menos para ti.
Hazte a la idea:
.
Cuando los médicos están en plena operación, no se pueden plantear discusiones acerca de cuestiones básicas. Podrán aparecer discusiones sobre cómo proceder en imprevistos que surjan, pero no sobre las cuestiones básicas de la operación (que deben estar programadas y previstas).
Por eso ya se encargan de que firmemos un montón de supuestos antes de entrar en quirófano. ¿Te das cuenta?.
Pues con la obra pasa algo parecido.
Hay que firmar (un montón de supuestos) antes de empezar.
Y además, yo siempre recomiendo, empezar la obra y tirar-tirar-tirar hasta acabarla. Es decir, abrir-operar-cerrar y terminar.
Por tanto, recapitulando.
Ya tienes tu Proyecto, tu Licencia Municipal, has seleccionado Empresa Constructora y has aceptado el presupuesto de esa empresa.
Ahora hazte un Contrato de Ejecución de Obra. Y entro de nuevo en juego.
El Contrato
Voy a hablarte de un Contrato de Ejecución de Obra para la construcción de tu Casa.
Está pensado y redactado para estos casos. Y es el que facilitamos en AMA ARQUITECTURA a nuestros usuarios. En él están recogidas todas las cosillas de las que conviene que hablases con tu constructor, sobre una mesa, antes de empezar la obra.
Prueba a hablar de él y verás cómo surgen algunas discrepancias ya en el despacho.
Imagínate si llegas a la obra sin tener “eso” hablado. Te puedo adelantar que “ibas a palmar pasta”. Seguro.
Partes del Contrato
Te expongo, las partes en las que he dividido el Contrato del que te hablo:
TITULAR DEL DOCUMENTO
FECHA
REUNIDOS
EXPONEN
CLÁUSULAS
1 Objeto del contrato
2 Importe del contrato
3 Plazo de ejecución y ritmo de los trabajos
4 Recepción de la obra
5 Plazo de garantía
6 Obligaciones en materia de seguridad y salud de la empresa CONTRATISTA PRINCIPAL – CONSTRUCTOR
7 Responsabilidad del CONTRATISTA, por daños a terceros y con la administración del estado
8 Gastos derivados del contrato
9 Resolución del contrato
10 Jurisdicción
FIRMAS
Iba a hablar de esto en un solo artículo, pero no podía tratarlo con un mínimo de calidad así que he decidido hacer varias entregas.Y en esta primera entrega, abarcaremos los siguientes puntos:
Titular del documento
Te parecerá una banalidad, pero es importante que quede claro el tipo de contrato que tienes entre manos.
Si lo que quieres es contratar a “alguien” para que te ejecute las obras de construcción de tu casa, pues ése ha de ser el título y no otro. No pongas “contrato de obra”. No pongas “contrato”. Pon CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS.
Si además, tu idea es contratar toda la obra para poder meterte dentro de tu casa a vivir lo antes posible, entonces pon CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE VIVIENDA UNIFAMILIAR TERMINADA. Para que quede claro el contexto en el que nacen las cláusulas. Créeme, si pones este titular, lo peor que te puede pasar es que este titular, te favorezca (en una circunstancia adversa).
Fecha
Debes incluir el lugar en el que firmais y el día. Qué lugar?. Pon el del terreno, por ejemplo. Para que no haya dudas sobre si el constructor lo ha visto o no.
Lo que sí es muy importante, es que la fecha que tenga el contrato sea anterior a la fecha del Acta de Inicio de la Obra.
Reunidos
Aquí se trata de poner las personas que son responsables de que el Contrato se cumpla.
En demasiadas ocasiones ocurre que hablas con una persona de la empresa, que sabe mucho de obras, que sabe mucho de la empresa, pero que no tiene firma en la empresa. No firmes con esa persona. Exige firmar el contrato con el Administrador de la empresa. Aunque esa persona (que sabe tanto) esté delante. Mejor (para ti).Así será la empresa la que responda ante ti sobre el cumplimiento y las exigencias del contrato. Aunque las hables a priori con esa otra persona (que sabe tanto). Que no te importe. Y exige esta seguridad.
Si haces esto antes de iniciar la obra y la empresa “se te raja” entonces, ¡ no sabes cuánto has ganado!. … Aunque tengas que empezar de nuevo…
Cómo Encontrar Constructora y Contratarla
exprimiendo a tope su Presupuesto
apúntate para ver el video en el que explico cómo lo hago yo y
descubre cómo aplicarlo a tu caso
Eso por parte de la empresa. Ahora por tu parte, quién firma? Tú o tu mujer?. Bueno, yo recomiendo que firme siempre el que menos tiene que perder. O que firme el que tiene el dinero. Porque el que firme será el que tenga que pagar. Me sigues?
Me imagino que la empresa constructora querrá poneros a los dos, o también a vuestros padres, para asegurarse el pago. Pero este artículo va dirigido a ti, y no a una empresa, así que ya sabes.
Los datos que tienes que poner identificando a una persona son el nombre y apellidos, nif y domicilio postal, que yo recomiendo que sea en el que quieres recibir notificaciones. Si no las quieres recibir en tu casa, pues alquila un apartado postal, o pon otra dirección que te interese.
En cuanto a los datos identificativos de la empresa con la que contratas, pues debes poner su denominación social, y su cif (si les pides una copia de la tarjeta del cif, ya te figura todo ahí).
A la hora de gestionar la construcción de una obra de construcción de una vivienda unifamiliar, en mi opinión, la más recomendable es aquélla en la que la empresa constructora es la empresa CONTRATISTA PRINCIPAL. Y así has de ponerlo en el contrato. Porque esta denominación supone responsabilidades para la empresa, liberándote a ti (te explicaré más a fondo esto en próximos artículos).
Es importante que ates bien este cabo porque si resulta que se te mete a trabajar en la obra otra empresa (de esa persona “que sabe tanto”) en vez de la que tú has contratado, sin tú saberlo, te podrías meter en un jaleo administrativo de cuidado si la situación se tuerce.
A mí personalmente se me ha podido dar este caso. Digo “se me ha podido” porque lo he detectado a tiempo, y lo hemos podido evitar y además nuestro cliente ha salido ganando dinero por esto. Así que ya sabes…
Ahora no quería explicar cómo puede ocurrir esto, porque no es objeto de este artículo y porque no quiero preocuparte, pero hazme caso, ok?. Si sigues los artículos de este blog seguro que te darás cuenta tú sólo. Y si ves que no puedes esperar, pregúntalo abajo en los comentarios. Te hace?
Otra cosa.
Además de poner los datos de la empresa con la que contratas, te conviene mucho poner los datos del Administrador de la misma (nombre, dni, domicilio). Porque detrás de las empresas siempre hay personas. Y al final tú siempre tendrás que hablar con una persona. Ok?
¿Se te hace «mucho tocho»?.
Venga, pues lo dejamos aquí.
Si te interesa saber cómo Contratar Constructora exprimiendo a tope su Presupuesto entonces te recomiendo te mires el vídeo al que podrás acceder cuando te apuntes en
Cómo Encontrar Constructora y Contratarla
exprimiendo a tope su Presupuesto
apúntate para ver el video en el que explico cómo lo hago yo y
descubre cómo aplicarlo a tu caso
En el siguiente artículo de esta serie, te hablaré del apartado EXPONEN y empezaré con el bloque de CLÁUSULAS, poniendo especial hincapié en EL COMPROMISO DEL CONSTRUCTOR, en QUÉ PASA SI QUIERES CAMBIAR ALGO, y en cómo has de gestionar las OBRAS FUERA DE PRESUPUESTO. Además, también te recuerdo que te conviene mucho que exijas al constructor la Presentación de materiales para tu aceptación. ¿te lo vas a perder?
PD: si todavía no estás convencido del todo con el constructor que tienes metido en el entrecejo, mírate esta página sobre Cómo Contratar Constructora. Seguro que te ayudará.
¿Quieres el pdf del Contrato de Ejecución de Obra completo?
(dame tus datos que te lo envío por email)
Quiero cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos, y por eso TE INFORMO:
Aquí tienes todos los artículos de esta serie
Cómo hacer el Contrato de Obra de tu Casa (1 de 5)
Cómo hacer el Contrato de Obra de tu Casa (2 de 5)
Cómo hacer el Contrato de Obra de tu Casa (3 de 5)
Cómo hacer el Contrato de Obra de tu Casa (4 de 5)
Cómo hacer el Contrato de Obra de tu Casa (5 de 5)
- Por qué la construcción de esta casa de planta baja costó 67.054 € de más - 11 diciembre, 2020
- ¿Hay Ayudas para Rehabilitación de Vivienda? ¿Y para Construcción de vivienda? - 29 octubre, 2020
- Cuánto Cuesta Construir una Casa: checklist de gastos-impepinables - 25 septiembre, 2020
Estupendo!
hay alguna ley que regule la temporalidad de los trabajos, aunque no este reflejado en el contrato penalizacion por entregar la obra fuera de los limites temporales.
Buenos días Jose,
la verdad es que desconozco si hay alguna ley así. Pero no me tiene pinta…
Yo no tengo formación en Derecho (de ninguna especialidad), pero si su retraso te ha supuesto algún daño o perjuicio, pues lo mismo podrías trasladárselo. Aunque al ser algo que no has especificado en un Contrato de Ejecución de Obra, yo te derivo directamente a un abogado, para que te oriente de forma más certera. Todo lo que yo te pueda decir van a ser conjeturas.
(creo ya te he contestado aquí a los dos comentarios que has puesto)
Gracias por animarte a preguntar.
Muy bien explicado y muy claro en todos los diferentes apartados de èste tipo de operaciòn.
Os felicito y os doy las gràcias por haberme ayudado de forma tan clara.
Muy interesante, pero no he podido suscribirme a la lista para obtener ese ejemplo de contrato :(, como puedo obtenerlo?
Un saludo!
Hola!, si me pones tus datos en el formulario que te sale copiando-pegando en tu navegador https://amaarquitectura.activehosted.com/f/3, te enviaré un email con el link de acceso al documento que pides. un saludo!
Hola Chus , muchas grácias por compartir tu experiéncia y tu entendimiento en estos temas , que para otros son complicados.
El contrato para que sea legal quien lo tiene que redactar, yo misma, un abogado …? Gracias
Hola Eva, el contrato es legal siempre (a no ser que propongas un delito en sus textos). Y resulta efectivo desde el momento en que las partes lo aceptais, sino no tiene sentido. Lo puedes redactar tú, el constructor o un abogado, eso es lo de menos. Lo que importa de verdad, es confeccionar un documento realmente adaptado y personalizado a cada caso-concreto (porque cada obra es un mundo, cada autopromotor también y cada constructor es distinto). Yo facilito un documento que puede servir de base para empezar a negociar un contrato, pero hay muchos más factores que exponer y acordar, pero muchos. Y todos deben ponerse encima de la mesa, para conseguir que las obras no te arruinen y no te den más disgustos de los imprescindibles.
Si quieres saber más sobre el procedimiento que yo empleo a la hora de proponerles a mis autopromotores sus contratos de obra, te sugiero que mires en https://www.ama-arquitectura.es/como-contratar-empresa-constructora/
Un saludo Eva
Muchas gracias por este texto tan instructivo Chus.
Un saludo,
Abel.